INFOVI
Es el Sistema de Información de mercados del sector Vitivinícola (INFOVI) que recoge tanto el Registro General de Operadores del Sector Vitivinícola (REOVI) como la información de mercados resultante de las declaraciones obligatorias para productores y almacenistas. El sistema está gestionado, según dispuesto en el Real Decreto 739/2015, por la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA).
¿Quién debe realizar las declaraciones del INFOVI?
Todos los operadores que elaboren vino o mosto (productores) y los operadores que no elaboren pero tengan almacenado vino o mosto (almacenistas).
El responsable de hacer la declaración es el propietario del vino y/o mosto, tanto si el producto está ubicado en sus instalaciones o en las de un tercero.
Períodos de declaración
Almacenista independientemente del volumen de vino y/o mosto que tengan en sus instalaciones
Deberá presentar declaración mensual en el plazo del 1 al 20 del mes siguiente al que declara. Por norma general, cuando el día 20 caiga en sábado o domingo el periodo de declaración se amplia al lunes siguiente.
Productor de vino o mosto con producción media en las últimas 4 campañas igual o >1000 Hl de media o almacenista
Deberá presentar declaración mensual en el plazo del 1 al 20 del mes siguiente al que declara. Con los cuadros A, B (solo para los productores de vino), C, D, E, F y G y/o, los cuadros a, b (solo para los productores de mosto), c, d, e y f. Los datos serán referidos al último día del mes declarado.
Además, en las declaraciones de los meses de noviembre, marzo y julio obtendrá la declaración ampliada donde declarará los cuadros H (productores), I (productores), J y K para vino, y los cuadros g (productores) y h para mosto, con datos acumulados desde el inicio de campaña, es decir, desde el 1 de agosto.
Así:
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En la declaración de noviembre, que se realiza entre los días 1 y 20 de diciembre, se cumplimentan con datos acumulados desde el 1 de agosto al 30 de noviembre.
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En la declaración de marzo, que se realiza entre los días 1 y 20 de abril, se cumplimentan con datos acumulados desde el 1 de agosto al 31 de marzo.
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En la declaración de julio, que se realiza entre los días 1 y 20 de agosto, se cumplimentan con datos acumulados desde el 1 de agosto al 31 de julio.
Por norma general, cuando el día 20 caiga en sábado o domingo el periodo de declaración se amplia al lunes siguiente.
Productor de vino o mosto con producción media en las últimas 4 campañas inferior a 1.000 Hl de media
Deberá realizar únicamente las declaración ampliada del mes de noviembre y julio, cuadros H, I, J y K para los productores de vino, y cuadros g y h en caso de producir mosto.
La declaración de noviembre ha de presentarse del 1 al 20 de diciembre y la de julio del 1 al 20 de agosto. Por norma general, cuando el día 20 caiga en sábado o domingo el periodo de declaración se amplia al lunes siguiente.
Nuestra solución
Bacosoft LEX genera automáticamente la declaración del INFOVI a partir de los movimientos de entradas/salidas, elaboraciones y envasados registrados por el usuario. Solo tendrá que descargar el fichero XML y subirlo o transcribir los datos en la web del AICA.
Para leer más
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Preguntas y respuestas sobre la declaración: Preguntas frecuentes INFOVI.
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Información sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola: Real Decreto 739/2015.