Artículo 55. Devolución por inadecuación para consumo humano
Este tipo de movimiento se utiliza fundamentalmente cuando el producto no es adecuado para consumo humano. Deberá previamente comunicar dicha situación a su oficina gestora que, tras efectuar las comprobaciones que estime oportunas, resolverá autorizando o denegando la devolución de las bebidas a la fábrica o depósito fiscal señalada en la solicitud. Cuando reciba autorización para la devolución, o transcurridos diez días desde la presentación de la solicitud de aplicación del beneficio sin haber recibido respuesta de la oficina gestora, cargará en su contabilidad de existencias las bebidas entradas. Si se opta por la destrucción de las bebidas fuera de fábrica o depósito fiscal, ésta tendrá lugar en presencia de los servicios de inspección o, en su caso, de intervención que instruirán la correspondiente diligencia. No obstante, si llegada la fecha y hora anunciada para la destrucción no se hubiesen personado los servicios de intervención, el titular del establecimiento podrá proceder a la citada destrucción.
| En algunos casos también se autoriza este tipo de movimiento para la devolución de producto deteriorado exteriormente (etiquetados, botellas, etc.) con el fin de ser reprocesado en fábrica para su posterior salida. Si este es su caso, consulte previamente a su oficina gestora para obtener autorización previa. |
Registrar manualmente la devolución en Bacosoft LEX
Para reintroducir el producto, vaya a o según corresponda al tipo de partida devuelta y pulse el botón Dar entrada.
En la parte inferior del formulario encontrará una barra de botones, pulse sobre y seleccione Indicar tipo SILICIE. Esto activará el campo Tipo SILICIE dentro de la sección Procedencia.
Selecciones del desplegable la opción Devolución producto no apto consumo humano RIE 55.
Rellene el resto de campos Fecha, Documento, Número de documento y Empresa.
En la sección Partida, rellene los campos que sean necesarios acorde a la características de la partida devuelta.