Excesos de pérdidas

A partir del segundo trimestre del 2022, los excesos de pérdida en la elaboración y almacenamiento de cerveza quedan reflejados directamente en los asientos suministrados a SILICIE. Cuando corresponde liquidar un exceso de pérdida acorde al Reglamento de Impuestos especiales, el asiento de diferencia se separa en dos: la parte correspondiente a la pérdida admitida con régimen fiscal No sujeto y el exceso con régimen fiscal Impuesto devengado.

Al generar asientos de SILICIE le saldrá el formulario de avisos que puede incluir el título Información sobre excesos de pérdida. Allí se detallan los datos utilizados para realizar los cálculos de los excesos del trimestre.

modelo 561 2

Esa misma información queda guardada en el campo Observaciones de los asientos a suministrar.

Los avisos de exceso de pérdidas a liquidar y las notas sobre el cálculo del exceso de pérdidas solo aparecen si ha tenido exceso de pérdidas y tiene activa en Bacosoft LEX la opción de liquidarlas en el modelo 561. Vea cómo configurar el comportamiento de la aplicación en: Configuración.

Cálculo de exceso de pérdidas

Los porcentajes de pérdidas admitidos para la cerveza están definidos en el Artículo 61 del RIE. En el caso de fábricas de cerveza con una producción anual que no supere los 5.000 hectólitros aplicarán los porcentajes del punto 2 en dicho artículo.

En la cocción

Los excesos de pérdida en la cocción del mosto se calculan teniendo en cuenta los kilos de extracto seco de las materias primeras entradas en cocimiento en el trimestre y los contenidos en el mosto frío pasado a fermentación. La pérdida admitida es un porcentaje de esos kilos de extracto seco entrados en cocimiento.

Los kilos de extracto seco contenidos en el mosto se calculan a partir de su grado plato, densidad y volumen teniendo en cuenta la definición de Grado Plato en la Ley de los Impuestos Especiales: La cantidad en gramos de extracto seco primitivo del mosto original de la cerveza contenido en 100 gramos de dicho mosto a la temperatura de 20 Grad. C.

La eficiencia de la cocción (el parámetro EF en Bacosoft LEX) está directamente relacionado con esto. Una eficiencia del 94% significa una pérdida de 6% de kilos de extracto seco que es la pérdida admitida en las fábricas de cerveza con una producción anual que no supere los 5.000 hectólitros.

Cuando la diferencia entre los kilos de extracto seco puestos en cocimiento y los contenidos en el mosto superan la pérdida admitida hay un exceso que debe liquidarse. Bacosoft LEX convierte automáticamente ese exceso en kilos de extracto seco en la parte equivalente en volumen de mosto.

Este ejemplo asume una fábrica de cerveza con una producción anual que no supere los 5.000 hectólitros.

Los totales del trimestre para la cocción de mostos del epígrafe A4 son:

  • Kg extracto consumidos en las cocciones: 2.707,07

  • Kg extracto contenidos en el mosto: 1.886,441

  • Volumen de mosto pasado a fermentación: 13.010 L

A partir de ellos se calcula la pérdida en Kg extracto y el exceso:

  • Pérdida en Kg extracto: 2.707,07 - 1.886,441 = 820,629

  • Pérdida admitida RIE en Kg extracto: 2.707,07 x 6% = 162,424

  • Exceso de pérdida en Kg extracto: 820,629 - 162,424 = 658,205

Mediante una regla de tres se obtiene la equivalencia en volumen de mosto:

  • Exceso de pérdida en volumen de mosto: 13.010 x 658,205 / 1.886,441 = 4.539,366 L

En elaboración, envasado y almacenamiento de cerveza

En la elaboración de la cerveza, envasado y almacenamiento, el Reglamento de Impuestos Especiales admite en fábricas con producción anual igual o inferior a 5.000 hectolitros, una pérdida del 12% sobre el volumen trimestral de mosto frío pasado a fermentación.

Siguiendo con el ejemplo anterior, los totales del trimestre para la elaboración, envasado y almacenamiento de cerveza del epígrafe A4 son:

  • Volumen de mosto pasado a fermentación: 13.010 L

  • Pérdida registrada en el trimestre: 1.036,78 L

A partir de ellos se calcula la pérdida admitida y el exceso:

  • Pérdida admitida RIE: 13.010 x 12 % = 1.561,2 L

  • Exceso de pérdida a liquidar: 1.036,78 - 1.561,2 = -524,42 L

En este caso el exceso es negativo, es decir, que la pérdida del trimestre es menor que la admitida y no hay nada para liquidar.

Configuración

Por defecto todos los excesos de pérdida se liquidan según los porcentajes establecidos en el Artículo 61 del RIE teniendo en cuenta el volumen de producción anual de la fábrica.

Es posible que su oficina gestora le admita unos porcentajes de pérdida superiores a los establecidos en el RIE. En ese caso es necesario configurar Bacosoft LEX para que no se liquiden los excesos de pérdida según los porcentajes del reglamento. Póngase en contacto con el equipo de soporte para hacerlo.

El cambio en la ficha de la fábrica del volumen de producción anual o de qué excesos de pérdida deben liquidarse, debe realizarse con cuidado porque puede afectar asientos de SILICIE de diferencias de fabricación ya suministrados.

Para saber más

  • Artículo 61 del RIE sobre los porcentajes de pérdida admitidos en la elaboración de cerveza.

  • Artículo 15 de la LIE en cuyo punto 6 especifica cómo deben considerarse las pérdidas que excedan los porcentajes establecidos por el Reglamento de Impuestos Especiales.